TEPJF invalida consulta de revocación de mandato por poca participación “No ha lugar para declarar la validez del proceso de revocación de mandato”, apuntó.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró que el proceso de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador no tiene validez, porque no se logró que el 40 por ciento del electorado participara como lo exige la Constitución.
⇒ El conteo confirma la participación de 16 millones 502 mil 636 personas, el 17.77 por ciento del total de las inscritas en la Lista Nominal de Electores, por lo que no se acreditan los requisitos de ley para emitir una declaratoria, y se da por concluido el procedimiento.
Además, por mayoría de votos, el TEPJF aprobó dar vista a las instancias correspondientes —como la Fiscalía contra Delitos Electorales de la FGR y la Sala Especializada del propio Tribunal Electoral— para que investiguen y deslinden responsabilidades de las y los servidores públicos que de manera reiterada incurrieron en posibles delitos electorales.
En sesión solemne, el magistrado presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón, expuso, primero, la inviabilidad jurídica para conceder las quejas de los partidos de oposición que buscaban la nulidad del proceso, pues ya era inválido desde que sólo alcanzó el 17.77 por ciento de participación, por lo que por lógica “no se puede invalidar lo que no tiene validez”.
Después leyó el apartado de integridad electoral que había descartado y que se retomó este miércoles, en donde exhibió que el INE recibió 323 quejas por uso indebido de recursos públicos y de procedencia ilícita, vulneración a la imparcialidad y neutralidad por parte de personas servidoras públicas e irregularidades el día de la jornada de votación como posibles acarreos.
“Es posible advertir que hubo las siguientes lecciones: primero, con la emisión tardía de la Ley federal de Revocación de Mandato, el Congreso incurrió en una omisión legislativa y ello incidió en las reglas del juego; segundo, las diversas modificaciones del INE que tuvieron que adaptarse a la ley tardía y responder a las problemáticas jurídicas durante el proceso.
“Tercero cuando la Cámara de Diputados y Diputadas emitió un decreto de interpretación y éste fue aprobado por el Senado, lo que generó controversias y cuestionamientos sobre su constitucionalidad. Y de la mano con los desafíos normativos, se suman los ajustes presupuestarios que generaron una reducción de casillas y la escasez de personal e insumos, desde la óptica de integridad electoral esto es un ejemplo de lo que se conoce como malas prácticas con impacto en la calidad de la democracia participativa”, apuntó.
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