Diputados locales que busquen la reelección no tendrá que pedir licencia: OPLE
Xalapa, Ver.- A pregunta expresa del hoy diputado local independiente, Othón Hernández Candanedo, el Organismo Público Local Electoral (OPLE), reiteró que los legisladores locales que busquen la reelección no tendrán que solicitar licencia.
El legislador hizo un paquete de preguntas en las que cuestionaba la fecha límite para pedir licencia, para dar su informe de labores, para promoverse en medios de comunicación y para ser postulado por un partido distinto al que lo llevó a la curul.
Othón Hernández Candanedo fue postulado por el PAN, sin embargo, en junio de este año renunció a la fracción parlamentaria y se declaró independiente, lo anterior, luego de que se le había iniciado un proceso de expulsión en el comité estatal por respaldar la denominada Ley Nahle, reforma a la constitución que reconocía como veracruzanos a las padres de nacidos en el estado.
Entre sus múltiples cuestionamientos el OPLE ratificó que para el proceso electoral local 2023-2024, el Organismo Público Local Electoral (OPLE) ratificó que los diputados locales que aspiren a la reelección no están obligados a solicitar licencia.
Aunque el Código Electoral de Veracruz menciona que los legisladores locales deben separarse del cargo, a más tardar, un día antes del inicio de las campañas, hay una sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz TEV) del 2017, que no los obliga a separarse del cargo.
El árbitro electoral respondió que, si bien el artículo 13 del Código Electoral establece la separación del cargo, como requisito para ubicarse en posibilidades de reelección de una diputación local, existen precedentes recientes que mencionan la no exigibilidad de este requisito.
El artículo en mención refiere, “los diputados que pretendan reelegirse deberán separarse del cargo a más tardar el día anterior al inicio de la campaña respectiva. Una vez concluida la jornada electoral, o en su caso, recibida la constancia de mayoría o asignación, según se trate, podrán reincorporarse al mismo. No obstante, previo a la separación del cargo, los diputados deberán observar las reglas que emitan las autoridades electorales competentes para salvaguardar el principio de equidad en la contienda”.
En ese sentido, expuso que TEV se pronunció sobre ello durante el Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018, en la sentencia recaída al expediente TEV-RAP-134/2017, en donde se hizo alusión a la Acción de Inconstitucionalidad 76/2016.
Así, el Tribunal Electoral de Veracruz, con apoyo en lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, concluyó que el requisito de elegibilidad de separación del cargo no aplica a aquellas personas que tienen intenciones de reelegirse en el cargo de Diputada o Diputado, pues exigirles acreditar tal requisito, los obligaría a separarse de su encargo, sin poder refrendar las razones por las que fueron electos en su primer momento ni cumplir con las expectativas generadas al ser electos por primera vez.
Criterio que se tomó en consideración para la redacción actual del artículo 127 del Reglamento de Candidaturas.
En ese sentido, en el caso de diputaciones locales que aspiren a reelegirse, no es exigible la separación del cargo.
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